ENDURECEN SANCIONES: HASTA 30 DÍAS DE ARRESTO POR AGRESIONES A DOCENTES Y MÉDICOS

La medida quedó establecida en la Ley 15.647, que modifica el artículo 74 bis del Decreto-Ley 8031/73. La iniciativa, impulsada por el senador de Unión y Libertad Sergio Vargas, amplía el alcance de la protección prevista en la legislación provincial, que ya contemplaba sanciones por hechos de violencia contra trabajadores de la educación.

Una docente frente a sus alumnos en un aula. 

Más allá de los días de arresto, las multas desde ahora serán entre el 50% y el 100% del haber mensual de un oficial del Agrupamiento Comando de la Policía bonaerense.

La norma alcanza a las conductas que ocurran dentro de establecimientos educativos públicos o privados, centros de salud, dependencias de atención al público o en sus inmediaciones. Entre las acciones sancionadas figuran el hostigamiento, el maltrato, los insultos, las provocaciones que generen escándalo y los actos de violencia física que no constituyan un delito de mayor gravedad.

También contempla arrojar objetos contra los trabajadores o bienes de utilidad pública, ingresar sin autorización a sectores restringidos y negarse a retirarse cuando lo solicite el personal, así como cualquier conducta que perturbe el normal desarrollo de las funciones.

QUÉ PASA CUANDO SUCEDE FRENTE A LOS ALUMNOS O PACIENTES

La ley, aprobada a fines de septiembre en la Legislatura, establece que las sanciones se duplicarán cuando los hechos ocurran frente a alumnos, pacientes o menores de edad. El monto de las multas se calculará sobre el haber mensual de un oficial del Agrupamiento Comando de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, o de la categoría que lo reemplace en el futuro, y se determinará al momento del pago efectivo.

La reforma incorpora expresamente a los trabajadores de los servicios públicos esenciales y del sistema de salud, además del personal educativo. De esta manera, extiende la protección a quienes desempeñan tareas en ámbitos donde las agresiones pueden interferir con la atención al público y la prestación de servicios.

Fuente: Agencia DIB