CONSEJO DE LAS JUVENTUDES: CÓMO FUNCIONARÁ, QUIÉN LO INTEGRARÁ Y QUÉ ALCANCE TENDRÁ

Estará integrado por jóvenes de entre 13 y 24 años. Su tarea será “ad honorem”. Tendrán cargo por un año, renovable por otro. Se deberá reunir al menos una vez al mes

El Consejo de las Juventudes que fue creado por unanimidad por el HCD por iniciativa del bloque del Frente de Todos buscará “incentivar el protagonismo y participación de las juventudes para el diseño, implementación y evaluación de las políticas jóvenes desde los diferentes espacios de integración, con el fin de favorecer y facilitar el conocimiento y reconocimiento de las distintas realidades y situaciones”.

De acuerdo al texto final consensuado por todos los bloques, “se pretende reconocer a los jóvenes como sujetos de derecho y a sus prácticas sociales y culturales como parte constructiva de la sociedad, a través de un instrumento que les dé representación, participación y les permita la discutir, visibilizar y realizar sus ideas”.

“El Consejo de las Juventudes ofrece un espacio de libre participación para propiciar la representación y consulta de los jóvenes en el desarrollo social, económico, político y cultural de nuestra localidad”, se argumenta en los considerandos de la ordenanza.

En este sentido, “se considera primordial la participación de los jóvenes en actividades comunitarias aportando su visión para trabajar constructivamente en mejorar el entorno social”.

“El Consejo de las Juventudes asuma un nivel de organización superadora, incluyendo a todos los jóvenes y se constituya como una instancia para el desarrollo del debate, reflexión y consenso de la problemática juvenil en el Distrito”, se propone la iniciativa.

En consecuencia, el Consejo de las Juventudes se crea como espacio social, consultivo y no vinculante dependiente de la Autoridad de Aplicación que el Departamento Ejecutivo designe.

Imagen ilustrativa

Su conformación será con “jóvenes de cada una de las localidades del partido de Trenque Lauquen, cuyas edades estén comprendidas entre 13 a 24 años, los cuales serán designados de manera participativa y fehaciente por sus pares para actuar en representación de los distintos grupos, instituciones y/o organizaciones juveniles”.

“La composición numérica del Consejo deberá procurar la representación de todas las juventudes sectoriales y gremiales, juventudes políticas y estudiantiles, asociaciones y organizaciones sociales, municipales, provinciales, nacionales e internacionales con ámbito de acción en el distrito de Trenque Lauquen”, se estipula.

Además, para iniciar las actividades, “la Autoridad de Aplicación designará un Coordinador que deberá llamar con por lo menos 30 días de anticipación a una Asamblea Consultiva, a todas las instituciones participantes a través de redes sociales de la Municipalidad y será la encargada de la apertura de inscripciones, evaluación de los requisitos establecidos en el Artículo 3, recepción de impugnaciones y oficialización de integrantes del Consejo de las Juventudes, dando participación  a la Comisión de Salud, Cultura, Educación, Acción Social, Relaciones Comunitarias y Asuntos del Niño y la Familia, del Concejo Deliberante. Una vez cerradas las inscripciones, el Coordinador designado junto a la Comisión de Salud, procederán al análisis y evaluación de los aspirantes a conformarse oficialmente como integrantes del Consejo de Juventudes”.

El texto aclara que “los miembros del “Consejo de las Juventudes” desarrollarán sus labores ad honorem por el termino de 1 año, con posibilidad de continuidad un año más en la función”. Y propone invitar a jóvenes de distintos partidos políticos, centrales sindicales, Centros de estudiantes secundarios, terciarios y universitarios, Iglesias reconocidas con presencia institucional en nuestro distrito inscriptas en el Registro Nacional de Culto, instituciones de bien público, clubes sociales, asociaciones civiles sin fines de lucro, grupos juveniles específico como aquellos pertenecientes a las organizaciones de pueblos originarios, instituciones comprometidas con la defensa y reivindicación de los derechos humanos y, particularmente de la juventud, integrantes de asociaciones dedicadas a la ecología y preservación del medio ambiente, y todos aquellos que desde distintos espacios contribuyen a la difusión y el desarrollo de la cultura juvenil,  entre otros.

LOS OBJETIVOS DEL CONSEJO DE LAS JUVENTUDES

a) Dictar su reglamento interno dentro de los treinta (30) días de su conformación.

b) Colaborar en el desarrollo, evaluación y ejecución de políticas públicas que tiendan a garantizar y promover los derechos de las juventudes.

c) Asesorar al Área municipal que corresponda, en las propuestas para la implementación de acciones y políticas destinadas a las juventudes.

d) Propiciar la creación de diferentes medios de información (Redes Sociales, páginas web, publicaciones etc.) donde se haga conocer las actividades y las acciones del consejo de las juventudes.

e) Promover actividades de investigación que tengan como propósito conocer la situación, los intereses y las inquietudes de las juventudes tendientes a garantizar y difundir sus derechos.

f) Fomentar la comprensión mutua y de los ideales de paz, solidaridad y tolerancia entre los jóvenes.

g) Desarrollar programas adecuados de educación sanitaria en todos los ámbitos, con el fin de informar y educar sobre los derechos sexuales y reproductivos y políticas públicas de Educación Sexual Integral de las juventudes.

h) Fomentar la implementación de programas para jóvenes involucrados en el consumo problemático de sustancias.

i) Fomentar la participación organizada de los jóvenes en el proceso de desarrollo social, económico, educativo, político, religioso, deportivo y cultural de la comunidad.

j) Fomentar e impulsar proyectos productivos, la investigación científica y tecnológica, así como la creatividad en las juventudes.

k) Promover el conocimiento y valoración del patrimonio cultural, orientada a la conservación, vigilancia y el uso responsable de los recursos naturales.

“El Consejo se reunirá por lo menos una vez al mes y cuando lo requiera cualquiera de sus miembros, así también podrá reunirse a requerimiento de la Dirección de Juventud de la Municipalidad de Trenque Lauquen. En estos últimos casos la convocatoria se hará por medio del Presidente para reunirse dentro del sexto día de recibido el pedido”, se determina finalmente.