FEMINICIDIO DE BÁRBARA ZABALA: CONTUNDENTE: LE IMPUSIERON 50 AÑOS DE CÁRCEL A BRAIAN DIRASSAR SIN LOS BENEFICIOS DE LA LIBERTAD CONDICIONAL

El Tribunal Oral Criminal N° 1 de Trenque Lauquen que condenó a prisión perpetua a Braian Dirassar por el feminicidio de Bárbara Zabala en Pehuajó dejó expresamente asentado en el fallo que deberá cumplir 50 años de cárcel de efectivo cumplimiento, ya que aclaró que no gozará de los beneficios de la libertado condicional al llegar a los 35 años.

El ex agente policial fue condenado por los delitos de “homicidio agravado por el vínculo en concurso ideal con homicidio de una mujer cometido por un hombre mediando violencia de género, violación de domicilio, desobediencia, todos ellos en concurso real a la pena de prisión perpetua”.

Esta es la primera vez que se expresa de esta manera el Tribunal, en este caso con una sentencia de la jueza María Gabriela Martínez y los magistrados Marcelo Centeno y Sebastián Martiarena.

El TOC ya impuso 4 condenas a perpetua en lo que va de 2022 en distintos casos, pero esta es la primera que expresamente, y tomando una postura concreta al interpretar los artículos aplicados del Código Penal, se estableció la máxima obligatoria de los 50 años.

“Respecto a ese posible lapso máximo para delitos que no son los que nos convocan se aplicaría el artículo 13 y 16 del CP (libertad condicionada). Ahora bien, en este caso, rige de manera contundente lo consagrado por el legislador en el artículo 14 (…La libertad condicional no se concederá a los reincidentes. Tampoco se concederá cuando la condena fuera por: 1) Homicidios agravados previstos en el artículo 80 del Código Penal….Ley N° 27.375 B.O.28/07/2017), por ende se deberá armonizar con otra norma de fondo, y ante ello surge del artículo 55 que prevé como máximo el cumplimiento de 50 años en prisión, por ende podría interpretarse ese lapso como un plazo tope a la pena perpetua impuesta”, citan los jueces en el veredicto.

Y continúan en párrafo seguido: “Como dijera puede entenderse que esos 50 años señalados son una duración prologada pero la gravedad del hecho impone la aplicación de éste tipo de penas y nuestros legisladores han regulado cuales son las posibilidades de los institutos a los que pueden aspirar quienes lo cometen -institutos que permiten la reinserción social progresiva- , circunstancias que tienen que tomarse como criterios para evaluar lo que aquí estamos indicando”.

“La pena de prisión perpetua implica que el acusado deberá transitar toda su juventud y adultez sometido al control judicial y del SPB y será acompañado con programas que promuevan un cambio en su personalidad. La prisión perpetua implica que cada día que pase Dirassar deberá reconsiderar su conducta. La prisión perpetua es una pena severa, pues está dentro de las penas máximas que nuestro ritual propone”, establece el veredicto condenatorio.

EL ACOMPAÑAMIENTO A LA FAMILIA DE LA VÍCTIMA

En otro tramo de la condena, los jueces dedicaron un paréntesis a echar una mirada sobre el acompañamiento a la familia de la víctima, y en ellos a la sociedad toda: “El padre de la víctima declaró en este debate y fue muy preciso al decir: para mi un proceso justo es que me devuelvan a mi hijita y eso no va ocurrir. Entonces, luego de escuchar los alegatos de cierre debo decir que considero que responder al dolor con más dolor no cambiará esta situación, ni hará sentir mejor a ese padre y madre. Debe responderse con una pena justa.

A veces el acompañamiento debe hacerse desde la luz y no de la oscuridad, quizá también invitando a ese padre que continue con ese legado de amor para con su hija de seguir generando ONG o proyectos de ley o libros que inviten a la reflexión, tal la entrevista que mantuve, por así solicitarlo,  -antes de este juicio- donde me comentó toda su tarea y tal como lo volvió a relatar en este debate.

Todos quienes estamos comprometidos con el derecho sabemos que la justicia justa será la que traerá la verdadera paz. La justicia genera armonía y consuelo, en cambio la venganza nos hace vivir en un estado de rencor, ira, o desasosiego. Por eso es que menciono que más allá de los discursos el acompañamiento a esa familia debe darse desde la luz”, cierra ese tramo del veredicto.