Mientras en Trenque Lauquen, ayer, en el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, se realizaba en el Parque Municipal un acto para exaltar la lucha constante contra la violencia de género, consistente en el descubrimiento de una placa, la presentación de un banco de color violeta y rosales rojos en homenaje a Anita Aristimuño, víctima de femicidio en abril del año pasado, la Corte de Suprema de Justicia de la Nación emitía un fallo dirigido en el mismo sentido, y que refuerza la orientación de la justicia en la sanción de este tipo de actos. .

En dicho caso, la Corte nacional, con el voto unánime de sus cuatro jueces, anuló la condena de ocho años de prisión impuesta a una mujer por el homicidio de su expareja. El tribunal ordenó dictar una nueva sentencia que contemple los momentos previos y posteriores al hecho con perspectiva de género.
Consta en la causa que la mujer sufrió durante un año y medio violencia física y amenazas de muerte. Al ser atacada por su ex pareja, se defendió hiriéndolo en el cuello con un cuchillo que estaba usando para picar hielo. El hombre murió horas después en un hospital.

En 2013, un tribunal de Lomas de Zamora la condenó a la mujer a 3 años y medio de prisión por homicidio preterintencional, pero la defensa apeló el fallo. Sin embargo, la Sala IV de la Casación Penal bonaerense desestimó el planteo defensivo y accedió al pedido de la fiscalía, incrementando la condena a ocho años de prisión, aludiendo a que no existían circunstancias atenuantes.
Entonces, la defensa llevó el caso ante la Corte Suprema, que anuló la sentencia de Casación. y ordenó que el caso regrese al tribunal de origen para dictar un nuevo fallo, enfatizando la necesidad de incorporar la perspectiva de género al analizar casos que involucran violencia contra las mujeres.
La resolución subraya la obligación de los tribunales de evaluar exhaustivamente las circunstancias particulares de cada caso, especialmente cuando se trata de mujeres víctimas de violencia de género.