Modifica el Código Contravencional bonaerense. Aplica sanciones a los autores de ataques y, si son menores, la pena recae sobre los padres. La letra del texto
El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires presentará hoy, en la Legislatura Provincial, un proyecto de ley que modifica el Código Contravencional de la Provincia para incorporar nuevas formas de vandalismo al Código de Faltas e incluir nuevas sanciones para quienes cometan esta contravención que, en caso de ser menores de edad se aplicarán a sus padres.
En lo que va de este año, solo hasta marzo, ya hubo 117 hechos de robo y vandalismo en establecimientos educativos de la provincia, que costarán al menos $100 millones.
Mientras tanto, entre 2018 y 2019 se sumaron un total de 248 actos contra establecimientos por una erogación estatal de 205 millones de pesos. Este gasto equivale a la construcción de 66 aulas nuevas de jardín, de 40 metros cuadrados cada una.
El objetivo de la iniciativa gubernamental es proteger al alumno, al docente y a la comunidad educativa en general y asegurar la prestación del servicio educativo público y privado.
El proyecto modifica el artículo N°74 del Código Contravencional de la Provincia de Buenos Aires incorporando nuevas formas de vandalismo al código de faltas y nuevas sanciones.
Se establece sanciones de arresto de cinco (5) a treinta (30) días o fuertes multas al que coloque, introduzca o arroje sustancias insalubres o cosas capaces de producir lesiones, dentro de un establecimiento educativo de gestión pública o privada, o en las inmediaciones del mismo.
Las mismas sanciones se aplicarán a quien manche o ensucie bienes muebles o inmuebles destinados y/o afectados al servicio de educación, o cualquiera de las instalaciones de un establecimiento educativo de gestión pública o privada”.
También se considerará la aplicación de un (1) día de trabajo de utilidad pública la prestación de tres (3) horas de trabajo que deberán realizarse en establecimientos públicos, como ser escuelas, hospitales, u otras instituciones dependientes del Estado Provincial.
Cuando se verifique la participación de un menor de edad en alguna de las contravenciones, si la conducta del menor fue consecuencia de una falta o negligencia en sus deberes por parte de los padres o tutores, que en tal caso serán sancionados con arresto de uno (1) a cinco (5) días o multa económica.
En los casos de reiteración contravencional por parte del menor de edad, la sanción a los padres se elevará al doble, pudiendo además imponérseles el cumplimiento de una terapia familiar.