El Juez Juan Martín Garriz, a cargo del Juzgado Correccional nº1, resolvió absolver a los tres imputados: David Alejandro Morel, Juan Pedro Román Godoy y Juan Torres, que la fiscalía había acusado, por el delito de “Homicidio culposo agravado, lesiones culposas agravadas y prueba ilegal de velocidad en concurso real” en el marco de la causa por la muerte de Nicolás Guiyelo y los condenó por “Prueba ilegal de velocidad”.
La lectura del veredicto se realizó este miércoles 1 de julio y la Fiscal Karina Talarico adelantó que apelará el fallo.
La fiscalía desde un principio sostuvo que encontraba acreditada la responsabilidad de las tres personas que participaron en las picadas. Que en el tramo de la Ruta Nacional Nº 5 desde la rotonda hacia donde está la empresa de La Serenísima tres personas circularon realizando picadas en un contexto de picadas y que eso fue la causa determinante que produjo la muerte de Nicolás Guiyelo, cuando la moto en la que iba Nicolás venía por la calle Llambías y se introdujo en la ruta cuando ellos venían corriendo la picada. Para fiscalía la causa determinante fue el hecho de haber conducido estas personas en un contexto de picadas.
Pero el juez consideró otra cosa diferente. El magistrado no lo consideró acreditado con la prueba, de que en el momento en que se produce el choque, estas motos iban todas juntas.
En su análisis determinó: que si bien está acreditado que esa persona que chocó la moto de Nicolás estuvo participando en una prueba ilegal de velocidad, no fue lo que generó el resultado porque hubo una causa determinante que fue la introducción de la moto en la que iba Nicolás Guiyelo en la ruta nacional de noche, sin casco, sin luces. Para el magistrado eso hacía que se tornara imprevisible para cualquier persona que el resultado se produzca.
El Juez sostiene que: si una persona circulando por ese tramo de la ruta de manera reglamentaria, a menos de 60 km/h, teniendo cuidado a la circulación, si se le cruza una moto en esas circunstancias en la ruta, tampoco el resultado se hubiese podido evitar.
Para la fiscalía esto no es así, y apelará el fallo, porque sostiene que el hecho de ir circulando en una picada hace que no tengas control total de tu rodado y tampoco que tenga las precauciones o las medidas de seguridad como una persona que va circulando en condiciones normales porque el que va corriendo la picada quiere aumentar la velocidad, va a hacer todo lo posible para ganarle a su competidor, y está concentrado en la picada, no está concentrado en a ver si se cruza alguien, no piensa que al realizar tal maniobra puede poner en peligro a terceras personas.
La familia estuvo presente en el juicio, en todo el juicio, siempre pidiendo una pena, una condena, justicia por su hijo, y obviamente está disconforme con el fallo.