PENA MÁXIMA: TRIBUNAL CRIMINAL CONDENÓ A PRISIÓN PERPETUA A JOSÉ ANTONIO BIGI POR EL HOMICIDIO DE EMA PIORNO DE GALÉ

El Tribunal Oral Criminal N° 1 condenó a la pena de prisión perpetua a José Antonio Bigi, alias Corchi, por encontrarlo responsable del homicidio criminis causa de la vecina Ema Piorno de Galé en el interior de su domicilio en la localidad de América, lo declaró reincidente y le recomendó la realización “de un tratamiento psicológico para abordar su problemática, suministrándole técnicas y herramientas que lo ayuden a vivir y relacionarse en forma adecuada con los demás”.

El juez Centeno del TOC N° 1

El fallo del TOC N° 1 lleva las rúbricas de los jueces Horacio Marcelo Centeno, María Gabriela Martínez y Javier Pablo Heredia, y va en línea con la pena que había solicitado el fiscal que investigó el caso, Fabio Arcomano, titular de la UFI N° 1.

La decisión del Tribunal de aplicar la pena máxima estipulada por la ley se base en determinar que la muerte violenta de la mujer de 78 años fue cometido por Bigi para encubrir el robo en el domicilio, de donde sustrajo valores y dinero en efectivo.

Los hechos se produjeron el 8 de mayo de 2020 entre las 16:15 y 17:00 horas, cuando José Antonio Bigi ingresó en el domicilio ubicado en calle Marcos Cachau N° 315 de la ciudad de América, donde en su interior se encontraba la propietaria Ema Piorno de Galé, de 78 años de edad, quien fue reducida por Bigi atándola de pies y manos con un cinto de color negro y una chalina de la víctima, colocando los brazo por detrás, uniendo sus muñecas con los tobillos, para luego estrangularla con un pañuelo de color rosa, produciendo el deceso de la señora Piorno a causa de una Asfixia Mecánica por Estrangulación, procurando su impunidad, en virtud de ser conocido por la víctima por los trabajos de jardinería y pintura realizados con anterioridad. En esas circunstancias, Bigi se apoderó ilegítimamente de un celular marca Samsung modelo Galaxy Grand Prime y tarjetas de crédito y débito a nombre de la víctima, dándose a la fuga por el patio de la vivienda, a través de un techo del galpón de la misma para así llegar al tapial lindante al terreno baldío ubicado a la izquierda del domicilio, por el cual se accede a la vía pública”.

Fiscal Fabio Arcomano

Los magistrados basaron su veredicto luego de analizar las pruebas presentadas por las partes, estudiar minuciosamente los videos de las cámaras de vigilancia de la ciudad, y desmenuzar con cautela y lupa los testimonios aportados por la fiscalía y la defensa.

Si bien la defensa oficial a cargo de Mariano Iribarren basó su argumentación en reconocer el robo por parte de Bigi e intentó incluir a un presunto cómplice como autor del homicidio, los jueces desecharon la hipótesis de la intervención plural y dictaminaron la responsabilidad absoluta del condenado.

De acuerdo al fallo, al que tuvo acceso DataTrenque, “evidentemente Bigi sabía y tenía pleno conocimiento de lo que hacía con la víctima que, como se ha probado, la septuagenaria vivía sola y conocía a su agresor, y esto último no lo podía dejar pasar por alto el inculpado, ya que era perfectamente identificable por ella y, es claro que, por la intensidad y variedad de las lesiones causadas, la posición, forma y lugares donde fue sujetada la victima y el pañuelo de color rosa que utilizó manualmente para comprimir mediante una fuerza activa el cuello de la misma, el inculpado quería provocar el deceso de Ema Piorno para no ser descubierto en su fechoría delictual”.