PRIMER FALLO HISTÓRICO EN EL PAÍS AL SER CONDENADO A PERPETUA POR “FEMICIDIO TRANSVERSAL”

En un fallo histórico – el primero en el país en el marco de un jurado popular – un individuo fue condenado en Puerto Madryn (Chubut) a prisión perpetua por el delito de “femicidio transversal”.

Se trata de un caso encuadrado en la mencionada figura que se aplica cuando una persona mata a otra con el fin de causar sufrimiento a una tercera con la que mantiene o ha mantenido una relación de pareja. La pena única por este delito es prisión perpetua. Concretamente, el “femicidio transversal· como delito tiene el propósito de “hacer sufrir” a una tercera persona con quien el autor tuvo o tiene una relación matrimonial o de pareja.

En nuestro país, la ley 26.791, sancionada el 14 de noviembre de 2012, reformó el artículo 80 del Código Penal para criminalizar de modo agravado los homicidios vinculados con la violencia por razones de género. Esta norma penaliza con prisión perpetua la conducta del varón que dé muerte a una mujer mediando violencia de género.

EL HECHO

La víctima resultó Gladis Medina, suegra del condenado Brian Chazarreta, y ocurrió el 19 de octubre de 2021 en una vivienda ubicada en un sector de Puerto Madryn conocido como Parque Agroforestal, cuando Chazarreta atacó y dio muerte a quien era su suegra, después que la joven que era su pareja le hubiera comunicado su decisión de terminar la relación sentimental a raíz de los reiterados hechos de violencia que venía padeciendo.

El jurado popular, de 12 miembros, avaló la postura de la Fiscalía, desempeñada por las doctoras María Eugenia Vottero, Ivana Berazategui y Florencia Bianchi, y dictó prisión perpetua a Brian Chazarreta por el “femicidio transversal” de Gladis Medina. Esta es la primera vez en el país que se aplica esta figura legal en un veredicto mediante la mecánica de jurados populares. Los expertos estiman que este fallo sienta un importante antecedente jurisprudencial en la lucha contra la violencia del género.