INICIA JUICIO A EXINTENDENTE DE LA REGIÓN POR NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON LA FUNCIÓN PÚBLICA CON UNA PENA MÁXIMA DE CÁRCEL DE HASTA 6 AÑOS

El 5 veces intendente de Hipólito Yrigoyen (Henderson), Enrique Tkacik, será sometido a juicio en los estrados de Trenque Lauquen por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública al detectarse que, haciendo uso de sus facultades como jefe comunal, se otorgó a sí mismo beneficios económicos, franquicias y estudios ambientales, para instalar su propia empresa de aceites esenciales en el parque industrial del distrito, a través de la firma de varios decretos y expedientes.

Tkacik llega a juicio junto al entonces Secretario General de Gobierno y Hacienda, Luis Ángel Pérez, quien acompañó con su rúbrica todos los expedientes, algo que era determinante para que cada papel tuviera validez legal.

Fiscal Manuel Iglesias

Los casos corresponden a los años 2006 y 2007 y se ventilarán desde este martes en los estrados del Juzgado Correccional N° 2, a cargo del magistrado Hernán Crespo. El fiscal que investigó la causa es el titular de la UFI N° 5, Manuel Iglesias, mediante la secretaría de Tomás O´Reilly.

De acuerdo a la investigación, el 13 de diciembre de 2006 el imputado Enrique Tkacik en ejercicio del cargo de intendente municipal del distrito de Hipólito Yrigoyen, violando los deberes a su cargo al realizar negociaciones incompatibles con su función pública, inició gestiones ante la Dirección Provincial de Desarrollo Sustentable para conceder en su propio beneficio la categorización de Industria para radicar en el Área Industrial Planificada a su empresa denominada “Enrique Tkacik” que se dedica a la extracción de aceites esenciales, produciendo hoja deshidratada y aceite de laurel.

Enrique Tkacik, foto de archivo

Siempre según la parte acusadora, en paralelo, el 2 de octubre de 2006, como un vecino particular se solicitó a sí mismo como intendente la habilitación municipal requerida para radicar su empresa en el parque industrial, en un procedimiento administrativo complementario a nivel municipal y desdoblando con ello sus roles de persona particular interesada en el negocio e intendente municipal, con firma para autorizar todo acto administrativo.

La investigación expondrá en el juicio también que luego, el 13 de febrero de 2007, en su función de jefe comunal, Tkacik se concedió a sí mismo como particular, y por un plazo de 5 años, las franquicias y beneficios de la tasa municipal de habilitación de comercio e industria; de Inspección, Seguridad e Higiene; derechos de Construcción; derechos de Propaganda y Publicidad, y derechos de Oficina.

Y en la misma sucesión de expedientes, el 31 de agosto de 2007, mediante un decreto, se otorgó con su firma a la empresa que está a su nombre el certificado de impacto ambiental, según indica la investigación del Ministerio Público Fiscal.

Todos los instrumentos legales comunales que habilitaron las autorizaciones y beneficios fueron también refrendados con la firma de Luis Ángel Pérez, quien se desempeñaba como Secretario General de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, por lo que también quedó imputado y procesado en la causa judicial. Es que la firma del funcionario municipal era un requisito esencial para la validez y efectividad del acto administrativo, sin la cual no podría haber adquirido vigencia todos los beneficios que se otorgó el intendente a sí mismo.

Enrique Tkacik, del partido Frente Amplio Progresista, ostentó el cargo de intendente municipal del distrito de Hipólito Yrigoyen desde el 10 de diciembre de 1995 hasta el 10 de diciembre de 2015, durante 5 períodos, y la causa fue impulsada por varios concejales años atrás, entre los cuales se encuentra el actual intendente de esa Comuna, Luis Ignacio Pugnaloni.

Tkacik se somete a un juicio por una pena que podría ir de 1 a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer la función pública, una figura enmarcada en el artículo 265 del Código Penal, donde se especifica que “será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”.