LEY FERNANDO: ANALIZAN PROYECTO PARA APLICARLE LA “MANO PROHIBIDA” A LOS RUGBIERS

La idea es que se penalice al jugador de rugby mayor de 16 años con suspensión de fechas a jugar y ante la tercera ocasión en que recurre a la violencia, se proceda a la quita de puntos al club. Ya se aplica en casos de violencia protagonizados por judocas y boxeadores

A una semana del salvaje crimen de Fernando Báez Sosa a la salida de un boliche en Villa Gesell, el diputado de la provincia de Buenos Aires Daniel Lipovetzky (Juntos por el Cambio) y el referente porteño del Frente de Todos Leandro Santoro, informaron que están trabajando en un proyecto de ley que aplique el concepto de “mano prohibida” a los rugbiers y a jugadores de otros deportes.

El proyecto de la “Ley Fernando” que llegó en las últimas horas a manos de Lipovetzky y Santoro fue elaborado por Valeria Carreras, abogada que trabaja junto a Fernando Burlando, que asumió la defensa de la familia Báez Sosa.

La idea es que se penalice al jugador de rugby mayor de 16 años con suspensión de fechas a jugar y ante la tercera ocasión en que recurre a la violencia, se proceda a la quita de puntos al club.

Si bien en el Código Penal de nuestro país no existe la figura legal de “mano prohibida”, ese concepto se relaciona a la idea de “fuerza desproporcionada”. Es lo que se aplica en casos de violencia protagonizados por judocas y boxeadores.

Entre los considerandos del borrador, se argumenta que la disciplina del rugby “es uno de los deportes llamados “de contacto”, siendo la fuerza y el estado físico de quienes la practican superiores a la media comparados con otros deportes y jóvenes de la misma capa etaria”.

“A raíz del tipo de práctica deportiva su regulación involucra severas sanciones para todo tipo de violencia de hecho desplegada en el juego o con ocasión del juego (dentro de la cancha, fuera de la cancha pero dentro de los límites del club o sede donde se dispute el juego)”, continúa el texto.

Dado que la reglamentación de rugby no contempla las acciones fuera del ámbito deportivo, lo que propone la “Ley Fernando” es convocar a la Unión Argentina de Rugby (UAR) y a la Unión de Rugby de Buenos Aires (URBA) a fin de promover el trabajo de la prevención y sanción de los actos de los jugadores federados y auxiliares afines a la actividad deportiva.

Asimismo, fomentar como objetivo principal el trabajo de actividades y toda acción tendiente a estimular y favorecer el Auto Control dentro y fuera de la cancha adecuando el reglamento deportivo con la finalidad de proteger la indemnidad de los jugadores como así también de los sujetos ajenos al juego.

También solicitar reformar la ley de deporte a fin de que los chequeos habituales sean modificados y se adicionen a los ya establecidos (apto físico) estudios que involucren el aspecto psicológico de cada integrante federado, entre otros puntos.